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MinSus lanza estudio que revela brechas entre el estándar minero IRMA y las legislaciones de Chile y Perú

By 30 septiembre, 2024 No Comments
Estudio comparativo entre la normativa chilena y peruana con los requerimientos auditados por el estándar de minería responsable IRMA

Septiembre 2024

El documento destaca que las principales discrepancias están asociadas a la conducta empresarial responsable, gestión de impactos ambientales, mecanismos de participación y de reclamación.

 

De la mano del estudio jurídico Rodrigo, Elías & Medrano Abogados y el Programa de Sostenibilidad Corporativa de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile, el Proyecto MinSus de la GIZ lanzó un estudio comparativo que identifica las principales brechas entre el Estándar IRMA y la normativa de Chile y Perú relacionada a la minería.

El documento, elaborado por 10 expertas y expertos chilenos y peruanos, analiza las complementariedades entre ambas legislaciones, con cada uno de los 426 criterios de IRMA, identificando que, para ambos casos, un porcentaje significativo de requisitos del estándar son más exigentes que las normativas de cada país, en concreto un 53% más que la norma chilena y un 45% más que la ley de Perú.

La Iniciativa para el Aseguramiento de la Minería Responsable (IRMA por sus siglas en inglés) es uno de los estándares voluntarios más completos de la industria minera, según un estudio comparativo del Instituto Federal de Geociencias y Recursos Naturales (BGR) del 2022, y fue fundado en 2016 por varias organizaciones no gubernamentales (ONG), empresas compradoras de minerales y metales, inversores, comunidades afectadas, sindicatos y empresas mineras. Su objetivo es establecer un sistema de evaluación de la minería responsable, verificado de manera independiente a través de auditorías de terceros.

La investigación, titulada “Estudio comparativo entre la normativa chilena y peruana con los requerimientos auditados por el estándar IRMA” revela que las brechas en ambos países se presentan principalmente en normas vinculadas a: 1) la Conducta Empresarial Responsable (CER); 2) la gestión de impactos ambientales; 3) los mecanismos de participación ciudadana; y 4) las exigencias de los mecanismos de reclamación.

Complementariedades por país de los 426 requisitos:

  • Para Chile el documento estipula que un 53% de los requisitos son más exigentes, un 13% no está cubierto, un 33% son igual de exigentes y un 4% menos exigentes.
  • En el caso peruano se concluye que el 45% de los requisitos son más exigentes, un 13% no está cubierto, un 33% es igual de exigente, y un 4% es menos exigente.

Para medir el cumplimiento de las empresas mineras de gran escala, IRMA evalúa el nivel de cumplimiento en cuatro principios fundamentales: 1) integridad empresarial, 2) planeación y gestión de legados positivos, 3) responsabilidad social, y 4) responsabilidad ambiental.

Complementariedades por país de los principios fundamentales:

  • Para el caso chileno, la norma cubre menos del 3% del primer principio, un 38% del segundo y tercero, y un 26% del cuarto.
  • Para el caso peruano, la legislación cubre un 26% del primer principio, un 32% del segundo, un 44% del tercero y un 36% del cuarto.

El estándar también clasifica ciertos requisitos como críticos, correspondiente a 40 aspectos más relevantes y necesarios para obtener la certificación. Al centrarnos en estos requisitos, el cumplimiento de las legislaciones de ambos países se eleva.

Complementariedades por país de los 40 principios críticos:

  • El cumplimiento de la normativa chilena sube a un 40%, registrando nuevamente las mayores brechas en el primer principio “Integridad empresarial” y en el cuarto principio “Responsabilidad ambiental”, con un 14% y 13% de correspondencia respectivamente.
  • El cumplimiento de la norma peruana alcanza casi la mitad de complementariedad con los 40 principios críticos, llegando a un 49%. Con un balance similar entre los distintos principios, con un 43% en el primer principio “Integridad empresarial”, un 50% en los principios 2 y 3; y un 40% en el cuarto principio “Responsabilidad ambiental”, reiterándole las mayores brechas en los principios 1 y 4.

Al examinar el análisis cualitativo, el estudio concluye que tanto la normativa chilena como la peruana muestran un alto nivel de correspondencia con los requisitos de IRMA en temas ambientales y laborales. Esto incluye la evaluación y gestión de los impactos ambientales y sociales, la salud y seguridad de los trabajadores, y la calidad del aire. En el caso de Chile, se destacan también los avances en reasentamiento y patrimonio cultural.

Sin embargo, existen áreas socioambientales que no están plenamente abordadas en la legislación de ambos países. En Perú, los requisitos de IRMA sobre gestión de impactos ambientales y sociales son más detallados que lo exigido por la regulación nacional, abarcando aspectos como la preparación y respuesta ante emergencias, el control de ruido y vibraciones, y la gestión de cianuro y mercurio. En Chile, se identifican vacíos en temas como emisiones de gases de efecto invernadero, biodiversidad, servicios del ecosistema y áreas protegidas. Se espera que algunas de estas diferencias se reduzcan con la implementación de la Ley Marco de Cambio Climático y la Ley del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP).

Varios capítulos de IRMA relativos a la Conducta Empresarial Responsable (CER) se basan en normas no vinculantes que han tenido una baja adopción tanto en la legislación chilena como en la peruana. En ambos países, esto genera brechas significativas en áreas críticas para la obtención de la certificación. Entre los temas pendientes de abordaje se incluyen la participación de la comunidad y los actores sociales, la debida diligencia en materia de derechos humanos, la transparencia en ingresos y pagos, y los mecanismos de reclamación.

Juan Eduardo Ibáñez, Director del Programa de Sostenibilidad Corporativa de la Universidad Católica de Chile y autor del documento, enfatiza la importancia de adoptar estándares internacionales como IRMA y señala que “es una oportunidad para que las empresas mineras puedan comprobar el desempeño social y ambiental de sus operaciones”, Ibáñez, además agrega que “las brechas identificadas pueden motivar una reflexión pública y privada sobre la conveniencia y la factibilidad de reducir progresivamente estas brechas con el objeto de que la normativa nacional alcance una mayor correspondencia con las normas internacionales de Conducta Empresarial Responsable”.

Algo en lo que coincide, Francisco Tong, también autor del documento y líder del área de medioambiente del Estudio Rodrigo Elías & Medrano, quien destaca que en Perú “existen muchas razones que explican y hasta justifican estas brechas, pues se trata de objetivos ambiciosos, de largo plazo o que requieren inversiones considerables”.

En términos prácticos, el estudio informa que, en Chile hasta noviembre de 2023, dos operaciones mineras habían sido auditadas por IRMA (con resultados publicados), correspondientes a la empresa chilena SQM y la estadounidense Albemarle, cuyas instalaciones de extracción de litio se ubican en el Salar de Atacama. Cada una alcanzó los niveles 75” y 50” respectivamente; mientras que en Perú no existe registro de empresas que hayan decidido auditarse por el Estándar.

Finalmente, y con el fin de impulsar la ejecución de políticas públicas en ambos países, el estudio entrega recomendaciones para las autoridades y para las empresas señalando que la auditoría del Estándar IRMA es una oportunidad para mejorar los procesos mineros, fortaleciendo la gestión socioambiental y de gobernanza.

Para conocer el estudio, puede descargar el informe completo en la web de MinSus, donde también encontrarás el análisis comparativo desglosado.

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